Skip to main content

Arzobispado de Puerto Montt

Benavente 385, piso 2, Puerto Montt | Correo: recepcion@arzpm.cl | Teléfonos: 65 2253295 | 65 2252215 | 961575294

Generic selectors
Exact matches only
Search in title
Search in content
Post Type Selectors

Fallecimiento Padre Nelson González Andrade (1959 – 2024)

Fallecimiento Padre Nelson González Andrade (1959 – 2024) Comunicamos el sensible fallecimiento, a las 20:15 horas de hoy, del Padre Nelson Patricio González Andrade después de una larga enfermedad. Nació en Puerto Montt el 20 de marzo de 1959, siendo hijo de don Cayetano Segundo González Maldonado y de doña Imelda Andrade Toledo, ambos ya fallecidos.   Fue ordenado diácono el 16 de julio de 1990 y el 03 de marzo de 1991 recibió la ordenación sacerdotal en la Catedral de Puerto Montt de manos del Arzobispo de Puerto Montt, Monseñor Bernardo Cazzaro Bertollo, OSM. Fue párroco de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario de Maullín desde 1993 y 1995. Desde 1995 al 2004 fue párroco en la Parroquia San José Obrero. En el año 2004 fue nombrado párroco de la parroquia Nuestra Señora de la Candelaria, en Alerce Histórico, sector poblacional que estaba en un progresivo crecimiento. En el año 2017 fue nombrado cuasi-párroco de la cuasi-parroquia Cristo Misionero en Alerce. Posteriormente, será constituida como parroquia y el Padre Nelson será su primer párroco. Permaneció sirviendo en esa parroquia hasta el día de su fallecimiento. Se le recordará como un sacerdote sencillo, sincero y generoso; abierto de corazón para acompañar de cerca a las personas sin hacer distinción; disponible para servir y para poner “manos a la obra” con un estilo de trabajo pastoral incansable, y que siempre buscó dar testimonio de Cristo en donde la Iglesia se lo pidió. Agradecemos al Señor Jesús la vida y el testimonio de servicio del Padre Nelson en esta Iglesia diocesana, y mantenemos la esperanza de que será acogido en el Reino Eterno. En las próximas horas informaremos cuándo y dónde se realizarán sus funerales.   Arzobispado de Puerto Montt

Puerto Montt realizó Escuela Teológica para Laicos

Puerto Montt realizó Escuela Teológica para Laicos Del martes 2 al 9 de julio se realizó la Escuela Teológica para Laicos de 20:00 a 21:00 horas con el fin de acompañar a laicas y laicos en su proceso de formación humana-espiritual que les ayude a discernir y responder con libertad a la llamada del Señor Jesús a vivir su fe comprometida en comunidad. Durante la actividad expuso el arzobispo de Puerto Montt, +Fernando Ramos, quien entregó diversos elementos formativos respecto al Evangelio según San Marcos. El arzobispo de Puerto Montt, Fernando Ramos, expresó que es una alegría compartir con los asistentes al Taller la palabra en torno a Dios, concretamente del Evangelio según San Marcos. El arzobispo inició la instancia con una oración para pedirle al Señor que los acompañe con su espíritu para así acoger con un corazón abierto su palabra siempre viva, eficaz, reveladora que siempre nos alienta como cristianos. El evangelio según San Marco es parte de la Biblia y este libro es muy complejo. El significado de la palabra Biblia es el plural que significa un conjunto de libros. La cual está divida en dos partes. El Antiguo y Nuevo Testamento. En el Antiguo Testamento se pueden encontrar 46 libros y el nuevo testamento son 27 libros. Recordemos que el año pasado se realizó el Taller sobre el Evangelio según San Mateo.   https://www.youtube.com/watch?v=bksoAkGhqP4https://www.youtube.com/watch?v=whqu_JmKXaghttps://www.youtube.com/watch?v=cY9jJP7bD0s

Fallecimiento del diácono permanente Humberto Caro Caro (Q.E.P.D.)

Fallecimiento del diácono permanente Humberto Caro Caro (Q.E.P.D.) Comunicamos el sensible fallecimiento en el día de ayer del diácono permanente Don Humberto Antonio Caro Caro (Q.E.P.D.), nacido el 03 de noviembre de 1941. Ordenado diácono el 13 de septiembre de 2002, llegó a servir y a ejercer su ministerio en esta Arquidiócesis a principios del año 2005 proveniente de la diócesis de Talca. Ejerció el ministerio diaconal en la parroquia Sagrado Corazón de Jesús de Puerto Varas hasta que su salud se lo permitió. Sin embargo, su servicio mayor y más destacado fue el que realizó como director de Caritas Diocesana y Encargado del Área Social del Arzobispado de Puerto Montt entre los años 2006 y 2020. Al renunciar expresó, al arzobispo Fernando Ramos, sus agradecimientos a todas las personas que le permitieron caminar juntos, aprender y crecer en el servicio de las distintas áreas de la Pastoral Social.  Sus restos están siendo velados en la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús de Puerto Varas (Verbo Divino Nº 499) y sus funerales serán el martes 9 de julio a las 12:00 hrs. Agradecemos al Señor Jesús la vida y el testimonio de servicio diaconal de don Humberto Caro en esta Iglesia diocesana, y expresamos nuestra cercanía con su esposa y familia en la esperanza de que será acogido en el Reino eterno como siervo bueno y fiel.    Arzobispado de Puerto Montt

Conferencia Episcopal hace presentación ante Contraloría por Reglamento del Ministerio de Salud sobre objeción de conciencia

Conferencia Episcopal hace presentación ante Contraloría por Reglamento del Ministerio de Salud sobre objeción de conciencia A través de un documento, los obispos hacen presente que el Reglamento N° 22, de mayo de 2024, que “Modifica Decreto Supremo N° 67 de 2018 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento para ejercer objeción de conciencia según lo dispuesto en el artículo 119 ter del Código Sanitario”, adolece de vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad según los argumentos que exponen a la Contraloría General de la República. La naturaleza de la objeción de conciencia y la afectación a los derechos fundamentales Antes de presentar los antecedentes, el escrito hace hincapié respecto que la objeción de conciencia es un derecho humano fundamental arraigado en la libertad de conciencia, por lo que restringir este derecho puede afectar otros derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación. Para ello se recuerda que el derecho humano fundamental a la libertad de conciencia, está consagrado en el artículo 19 N° 6 de la Constitución y ha sido reconocido por diversas leyes, sentencias y la doctrina. Dicha libertad ampara a personas naturales e instituciones a negarse a realizar actos que violen sus convicciones éticas, morales, religiosas, profesionales u otras de relevancia. Por ello, los pastores señalan que algunas distinciones que realiza el nuevo Reglamento no son razonables ni objetivas: Limitación respecto a las acciones y personas en las que procede manifestar objeción de conciencia Sobre este punto se recuerda que el “El artículo 119 ter del Código Sanitario hace mención explícita sobre quienes están autorizados por ley a ser objetores de conciencia. Se menciona, en primer lugar, al médico cirujano. En segundo lugar, se dice que gozarán también de este derecho: “el resto del personal al que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención”. Por esta razón se advierte que “el Reglamento, en contravención a la Ley, realiza modificaciones importantes al artículo 2° (hoy artículo 3°) del Decreto, en orden a restringir la posibilidad de que el personal médico que realiza funciones dentro del pabellón quirúrgico donde se realiza el aborto pueda ejercer su derecho de objeción de conciencia”, lo que “impone una discriminación arbitraria que contraviene al artículo 19 N° 2 de la Constitución pues niega a ciertos profesionales el derecho fundamental a ejercer la objeción de conciencia que se reconoce a otros”. Favorecimiento arbitrario de los no objetores en la distribución de turnos y en la contratación de personal médico En este acápite, el escrito señala que en virtud de la modificación que se realiza por medio del Reglamento, el artículo 22° del Decreto quedaría como artículo 24°, al que se le agrega el siguiente inciso: “Los establecimientos públicos de salud deberán contar con personal idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de los y las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo y ejecutar la prestación. Para tales efectos, el establecimiento de salud podrá considerar como un factor positivo en la contratación de personal, el hecho de no ser objetor de conciencia, a fin de evaluar su idoneidad para el cargo”. Se añade que “además, se realiza una importante modificación en vistas a la asignación de turnos que deben realizar los jefes de servicio y unidades vinculados a la ginecoobstetricia. Así, en el penúltimo inciso del nuevo artículo 5° (actual artículo 3°) del Decreto, sin señalar explícitamente cuáles son los criterios de distribución ni de asignación, establece que las listas de personal objetor de conciencia se tendrán a la vista para “favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de turnos”. Se utiliza explícitamente la palabra “favorecer” lo que significa, en su acepción principal, “ayudar o amparar a alguien”. Las modificaciones discriminan en razón de las creencias morales o religiosas del personal médico y no de su idoneidad Es por estos motivos que se expresa: “Como se observa, las modificaciones propuestas por el Reglamento al señalado artículo 22° y al nuevo artículo 5° del Decreto discriminan en razón de las creencias morales o religiosas del personal médico -que inciden en su disponibilidad- y no de su idoneidad. Por ello, ordenar que se debe “favorecer la presencia de personal no objetor en la distribución de turnos” y establecer como un “factor positivo en la contratación de personal el hecho de no ser objetor de conciencia a fin de evaluar su idoneidad para el cargo” son disposiciones inconstitucionales e ilegales que contravienen el artículo 19 N° 2 y 16 de la Constitución y el artículo 2° de la Ley N° 20.609”. Medidas que imponen condiciones que dificultan y/o desincentivan el libre ejercicio del derecho a la objeción de conciencia Además, se destaca que el Reglamento condiciona el libre ejercicio de la objeción de conciencia en cuanto obliga a instituciones (los establecimientos de salud públicos y privados) y a sus equipos médicos y funcionarios (personas naturales) objetores de conciencia, a adoptar y seguir requisitos burocráticos y gravosos que, si bien no impiden el ejercicio del derecho, lo dificultan desproporcionadamente de modo tal que, en su conjunto y objetivamente, constituyen incentivos ordenados a alterar la calidad de no objetor de conciencia: – El Reglamento, en virtud de su nuevo artículo 5° (3° del Decreto) impone un documento oficial (un formulario) para manifestar la objeción de conciencia, eliminando, paralelamente, la posibilidad de manifestarla mediante otras formas escritas (que son amparadas por la Ley en su artículo 199 ter y el Decreto vigente en sus artículos 3°, 5° y 6°).– El Reglamento elimina el artículo 11° vigente del Decreto, el cual establece que quien haya manifestado objeción de conciencia “mantendrá dicha calidad en todos los centros asistenciales donde cumpla funciones, sin distinguir si son públicos o privados”. Eliminar dicha disposición que facilita la manifestación de la objeción de conciencia, obliga a la persona objetora que presta servicios en distintos establecimientos a realizar nuevamente los trámites necesarios para manifestar su objeción de conciencia.– El Reglamento, en su nuevo artículo 5°, establece que los jefes de servicios y unidades vinculados a la ginecoobstetricia tendrán

Empresarios de Puerto Montt se suman a la Campaña “Puerto Montt recupera su Catedral”

Empresarios de Puerto Montt se suman a la Campaña “Puerto Montt recupera su Catedral” En una amena conversación realizada en la Cámara Chilena de la Construcción se reunieron diversos empresarios del mundo productivo, del comercio, de la construcción y del turísticos para unirse a la campaña “Puerto Montt recupera su Catedral” impulsada por el Arzobispado de la ciudad. La cruzada tiene como objetivo recaudar 122 millones de pesos para la reparación de la fachada de la Catedral de Puerto Montt y otras zonas de su estructura, dañadas el 14 de noviembre del 2019, en el contexto de las manifestaciones sociales que se dieron en nuestro país. En ese entonces la catedral de nuestra ciudad fue vandalizada provocando daños que hasta la actualidad perduran. Actualmente, es necesaria su reparación y conservación principalmente de la fachada frontal, recuperando así un patrimonio religioso y cultural que no sólo es de la iglesia católica sino que de  todos los habitantes  de la ciudad, siendo además  uno de los edificios más antiguos de Puerto Montt. El encuentro lo inició el arzobispo de Puerto Montt, Fernando Ramos, quien expresó su agradecimiento por el apoyo y la colaboración de todos los presentes que de una u otra manera se encuentran apoyando esta campaña. A su vez el arquitecto Fernando González, quien estuvo a cargo de la comisión técnica de la restauración de la catedral entre el 2002 y 2006 explicó los alcances técnicos del proyecto de reparación. Finalmente, el Vicario General y párroco de la Catedral Padre Daniel Acuña, quien además preside el Comité Técnico para el resguardo patrimonial de la catedral compartió las características de la campaña de recolección de fondos. Formas de aportar Entendiendo que la comunidad quiere ayudar a recuperar su Catedral, que es tanto lugar de encuentro como de expresión de fe, como también uno de los edificios patrimoniales más importante de la ciudad y la región, se ha definido tres formas para que la comunidad pueda hacer su aporte dependiendo de sus posibilidades. -Alternativa 1: Aporte vía bonos de cooperación por un valor determinado Se han confeccionado cupones de aporte por valores fijos de $2000, $5000 y $10.0000 que estarán disponibles en la misma catedral de domingo a viernes. Además, se podrá adquirir en la oficina parroquial en San Martin 184 en horario de 9 a 14 y 15 a 17:30 horas. Cada persona que aporta recibe un bono por el valor aportado como recuerdo de su ayuda al proyecto. -Alternativa 2: Aporte vía transferencia Bancaria. Pensando en aquellas personas que desean realizar un aporte de mayor valor, de forma anónima o que no pueden acudir a la misa de la Catedral, se ha dispuesto una cuenta corriente exclusiva para recibir las donaciones, la cual es la siguiente: Banco Scotiabank: Cuenta Corriente: 28032412 Arzobispado de Puerto Montt, Rut: 70.208.500-4 Correo para envío de comprobante: reparacion.catedral.pmontt@arzpm.cl   -Alternativa 3: Aportes de Empresas Para esta modalidad les solicitamos contactar al administrador de Bienes, Sr. Felipe Gonzalez Carvallo a fin de coordinar los aportes. El Arzobispado de Puerto Montt dispone de la factibilidad de entregar un certificado de donación aprobado por la Ley de Donaciones 21440, el cual podrá ser utilizado por la empresa a fin de incorporar dicho aporte en la contabilidad. Datos contacto: Tel 652-252215               felipegonzalez@arzpm.cl    

Puerto Montt realizará Escuela Teológica para laicos

Puerto Montt realizará Escuela Teológica para laicos Del jueves 4 al 6 de julio se realizará la Escuela Teológica para Laicos de 20:00 a 21:00 horas con el fin de acompañar a laicas y laicos en su proceso de formación humana-espiritual que les ayude a discernir y responder con libertad a la llamada del Señor Jesús a vivir su fe comprometida en comunidad. Durante la actividad expondrá el arzobispo de Puerto Montt, +Fernando Ramos, quien entregará diversos elementos formativos que permita a las personas un servicio pastora.

Eutanasia ¿solución o confusión?

Eutanasia ¿solución o confusión? Juntamente con el aborto, la eutanasia fue propuesta por el presidente de la República, en su reciente cuenta pública en el Congreso Nacional, como uno de los temas a zanjar en el segundo semestre de este año, pues hay algunos proyectos de ley sobre este asunto que ya han sido presentados pero que no han continuado su recorrido legislativo. Etimológicamente, el término eutanasia significa buena muerte, que algunos traducen como muerte dulce. Pero, en realidad, cuando se habla de eutanasia, todos entienden que se habla del acto mediante el cual se pone fin a la vida de un enfermo en la fase final de su vida y pronto a la muerte. Se suele agregar que se requiere la petición expresa del enfermo y que se ha de realizar en un contexto médico. En la eutanasia, hay un acto concreto que tiene como finalidad provocar la muerte del paciente; no es la enfermedad la que la produce. Esta práctica no debe confundirse con la así llamada eutanasia pasiva que es más bien evitar cualquier medida terapéutica que conduzca a conservar artificialmente con vida a un paciente que naturalmente va a morir producto de su enfermedad o dificultad orgánica. Cuando se aplican tratamientos que permiten sostener en vida, artificialmente, a un enfermo o herido, sin que tenga alguna posibilidad de mejorar, entonces, se habla de encarnizamiento terapéutico, lo cual éticamente es inaceptable. Es sintomático constatar que, conforme la sociedad contemporánea se torna más individualista, va avanzando la tendencia a reconocer legalmente la eutanasia, de manera que cada uno elija el momento de su propia muerte en los momentos finales de la vida. Sin embargo, en este contexto, surgen varias preguntas, ¿quién tiene derecho a cometer un acto que tenga como fin provocar la muerte de otro ser humano? ¿basta simplemente que uno diga que quiere morir para que otro haga lo necesario para cumplir ese deseo? ¿la dignidad humana es siempre inviolable o depende de algunas condiciones como la salud y por eso podría ser “desechable” bajo algunas circunstancias? ¿cuál es el sentido de la vida, vivirla como un don o exigir determinados mínimos de bienestar que cuando no se cumplen la puedo acabar o eliminar? Ante la perspectiva de la muerte, los seres humanos solemos aterrarnos, porque allí enfrentamos los límites de nuestra existencia. Pero, ante lo ineludible de la muerte, podemos aspirar a una muerte digna, lo cual no significa pedir la destrucción sino vivir esos momentos rodeado del afecto de los seres queridos y con los cuidados paliativos que requiere esa condición. La eutanasia no es una solución, es simplemente una confusión que diluye la dignidad de lo que somos. + Fernando Ramos Pérez Arzobispo de Puerto Montt

Caritas Chile lanza campaña «Solidarios, ante la emergencia» por sistemas frontales que afectan al país

Caritas Chile lanza campaña «Solidarios, ante la emergencia» por sistemas frontales que afectan al país La campaña «Solidarios, ante la emergencia» busca recaudar fondos en la cuenta corriente del Banco de Chile 117-01, con el fin de responder a las necesidades humanitarias que han surgido en los lugares más afectados por las lluvias, para lo cual Caritas Chile, a través del Programa Medio Ambiente, Gestión del Riesgo y Emergencia (MAGRE), trabaja en coordinación con los equipos diocesanos en las zonas de catástrofe y en red con organismos públicos, privados y sociedad civil. . Desde la respuesta a desastres, avanzar hacia una cultura del cuidado y la prevención Frente a esta situación, Lorenzo Figueroa, Director de Caritas Chile señala: “ante la grave situación y emergencia que estamos enfrentando nuevamente -en un país que es altamente vulnerable a estos fenómenos- desde Caritas Chile queremos hacer un nuevo llamado a colaborar, a ser solidarios frente al sufrimiento y la vulnerabilidad de tantas familias, de miles de hogares que hoy día están sufriendo”. Figueroa agrega que “con ello queremos sumarnos a la acción humanitaria tan necesaria en estos momentos. Y junto a ello, toda nuestra red de Caritas a nivel nacional, queremos también hacer un llamado a que, a partir de la respuesta ante estos desastres, podamos ir avanzando también hacia una cultura del cuidado y la prevención”, invitando a que “tanto en nuestros comportamientos comunitarios e individuales, pero también como país, a través de formas de habitar nuestros espacios y a través de políticas públicas; podamos avanzar hacia la prevención, especialmente en este contexto de efectos graves del cambio climático que estamos enfrentando como humanidad”. Cómo colaborar con la campaña Por ello Caritas Chile hace un llamado público a colaborar a través de aportes en dinero en: Cuenta Corriente 117-01 del Banco de ChileNombre: Caritas ChileRUT: 70.020.800-1E-mail: donaciones@caritaschile.org Para aportes desde el extranjero, con transferencias en dólares: Se solicita enviar Vía Swift MT103 Feunte: Caritas Chile

Taller Coros Litúrgicos

Taller Coros Litúrgicos En el salón parroquial de la Parroquia El Buen Pastor se realizará  este martes 18 de junio a las 19:30 horas el Taller Litúrgico para todos los miembros de coros, liturgia y todos quienes deseen participar. El tema del Taller en esta oportunidad será el Ofertorio. Los asistentes podrán llevar sus instrumentos y no tendrá coso de participación.

¿Aborto libre?

¿Aborto libre? Nuevamente el aborto se presenta como tema de discusión en la sociedad chilena. En la reciente cuenta pública en el Congreso Nacional, el presidente de la República señaló que, en el segundo semestre de este año, iba a ingresar un proyecto de ley de aborto legal. Como se sabe, desde 2017 en nuestro país es legal interrumpir el embarazo solamente en tres causales: peligro de la vida de la madre, malformación fetal y violación. Desde 2017 a abril de este año se han producido 5.063 abortos por estas tres causales. Más allá de las razones de orden político que puedan haber inducido al presidente a hacer este anuncio, conviene detenerse en lo que hay detrás de un aborto y sus consecuencias antropológicas y éticas, lo cual incide fuertemente en la vida y en el modo de relacionarnos. Los que están de acuerdo con el aborto plantean varias razones, entre las cuales, que la mujer tiene derechos sexuales y reproductivos que es necesario resguardar, en concreto que es ella únicamente la que debe decidir con respecto a su propio cuerpo. O bien que la decisión de abortar, siempre dramática, va asociada a la pobreza o falta de recursos económicos para poder acoger una nueva vida humana y hacerse cargo de su cuidado posterior. Por esto, no sería justo penalizar a las mujeres que han abortado por decidir sobre su cuerpo o porque son más pobres. Pero ¿en qué situación queda esa vida humana que puede ser eliminada en el vientre materno? Lo cierto es que todos los seres humanos hemos nacido de una madre. No hemos aparecido en el momento de nuestro nacimiento, sino que fuimos engendrados y permanecimos en gestación por más o menos 40 semanas en el útero materno. Más aún, desde la concepción las primeras células del embrión tienen un código genético único e irrepetible, distinto al de la madre – y por ende no se confunde con el cuerpo de ella – y al del padre, asignándole una identidad genética exclusiva. ¿Se podrá, entonces, decidir sin más que esa vida humana no puede vivir o no tiene derecho a la vida? Una adecuada ponderación ética nos dirá que nadie tiene derecho a eliminar o destruir otra vida humana, aunque se encuentre en los estadios iniciales de gestación o en los finales después de una larga vida. Del respeto irrestricto de la dignidad humana en todas sus etapas de la vida depende la calidad de vida de nuestra sociedad. No la echemos a perder con la introducción del aborto.     + Fernando Ramos Pérez Arzobispo de Puerto Montt